Superación del duelo de la Mano de ASOTRANSITO

Suigenos por nuestras redes sociales y te informaremos de encuentros y reuniones de nuestros grupos de Auto/ayuda 2011.
Ofrecemos asesoría Legal Gratuita a las Víctimas de Accidentes de Tránsito "Tú cuentas con ASOTRANSITO, tu mano amiga en en un momento difícil
El Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial fue elaborado por el Grupo de colaboración de las Naciones Unidas para la seguridad vial y laa sociedad Civil

viernes, 9 de enero de 2015



Normas para adoptar un sistema y diseño único de credencial,
que permitan al Órgano Rector acreditar adecuada y formalmente
a los funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana
y de las Policías estadales y municipales del país, para el ejercicio
legítimo de la función policial

 
Recurda: “ 4. Toda autoridad que ejecute medidas privativas de la libertad estará obligada a identificarse.”

Artículo 1. El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, otorgará a
los Cuerpos de Policía del país, en sus diversos ámbitos político territoriales, una credencial
única que será elaborada con tecnología de punta y garantizará un sistema seguro,
confiable e intransferible de identificación de los funcionarios y funcionarias adscritos a los
Cuerpos de Policía Nacional, Estadal o Municipal.

El sistema de expedición de credencial única, regula las medidas de protección, en cuanto
a su ámbito de aplicación, modalidades y procedimiento, cumpliendo con las disposiciones
necesarias para asegurar su integridad, sustitución y reemplazo a fin de impedir la
simulación o fraude en la identidad de los funcionarios policiales.
Se crea una credencial única que sólo diferencia a los cuerpos policiales, de acuerdo
a su ámbito político territorial por el color: Beige claro para la Policía Nacional Bolivariana;
azul claro para la Policía Estadal y Verde claro para la Policía Municipal.
Artículo 2. El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, tiene la
potestad exclusiva de expedir a los funcionarios y funcionarias de los diferentes Cuerpos
de Policía del país, las Credenciales de Identificación en material plástico, contentivas de
seguridad, identificación e identidad gráfica tal como se establece:

e) Una tarjeta de identificación elaborada en material PVC (Plástico de Alta Resistencia)
o Policarbonato.

f) Un circuito electrónico integrado de seguridad (chip), que consta de una pastilla de
silicio de aproximadamente 0.8 mm x 0.8 mm de área, sobre la que se fabrican circuitos
eléctricos con base a dispositivos constituidos por semiconductores y que está
protegida dentro de un encapsulado de plástico o cerámica, apropiado para hacer
conexión entre la pastilla y un circuito impreso.

g) Información encriptada de identificación cifrada con las siguientes características:
Datos de Interés Policial del funcionario o funcionaria: fecha de nacimiento, fecha
de ingreso al Cuerpo Policial, escuela y promoción de la cual egresó, nombre
y apellidos de familiares dentro del primer grado de consanguinidad, ascendente
y descendentes y familiares dentro del primer grado de afinidad.
Identificación Polimétrica: a través de registros dactilares o cualquier otro registro biométrico
que corresponda.

Artículo 3. Para distinguir el Cuerpo de Policía al cual pertenece el funcionario o funcionaria
portador o portadora de dicha credencial de identificación, ésta contendrá los elementos
gráficos y cromáticos. A los efectos de la comprensión de la descripción, se entiende
por cara anversa de la credencial, aquella que posee la fotografía del funcionario o funcionaria
policial y cara reversa aquella que posee el número de la credencial.


No hay comentarios :

Publicar un comentario